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Contraloría Social Jabillos y Palma Montaña Fresca
Comité de Tierras Urbanas
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Es el comité que tiene la responsabilidad de orientar los trámites para la regularización y legalización de la Tierra Urbana, el cual es un proceso Social sin precedente en el país, constituye la base fundamental de los planes y programas, para el rescate de los espacios públicos dentro de su comunidad, se establece como un trabajo colectivo, es por ello, que implica mejorar las condiciones de vida de la comunidad y la calidad de servicios públicos, coordinado con el Comité de Vivienda y Hábitat, el Comité de Economía Comunal, la Oficina Técnica Nacional para la Regularización de la Tenencia de la Tierra y Cartografía Nacional, para elaboración de proyectos que tengan que ver con la Trasformación del Hábitat y establecer un Banco de Terrenos Ociosos. Está integrada por personas que habitan en un ámbito geográfico establecido por la asamblea de Ciudadanos y ciudadanas, su creación está fundamentada: Art. 182 de la CRBV, el Decreto 1666 del Ejecutivo Nacional y la Ley Especial de Regularización, Ordenamiento Integral de la Tenencia de la Tierra en los Asentamientos Urbanos Populares y la Ley Orgánica de los Consejos Comunales.
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Funciones del Comité de Tierras Urbanas
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Organizar a la comunidad para gestionar los trámites de la regularización jurídica de las Tierras Urbanas.
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Trazar la Poligonal o Ámbito Geográfico y presentársela a la Asamblea de Ciudadanos y ciudadanas para que esta sea aprobado.
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Levantar un censo de todo el sector, con el objetivo de obtener información del número de pobladores, las diferentes parcelas existentes; y de los espacios públicos y privados que tenga el sector.
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Elaborar la carta del barrio: es una descripción del sector que se refiere a 5 aspectos fundamentales, La historia colectiva: ¿cuándo y cómo se fundó? ¿Quiénes fueron los fundadores? ¿Cuáles fueron sus logros? La Identidad Actual: Familias, origen / procedencia, oficios / profesiones, organizaciones, áreas comunes, tradiciones, problemas y necesidades.
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Visión de futuro.
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Realizar el Levantamiento Catastral con el apoyo de la Dirección de Catastro Municipal.
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Activar las comunidades para garantizar que se efectúen todos los pasos necesarios que concreten la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana.
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Participar en los procesos de mejora y organización de los vecinos en beneficio del rescate de las áreas comunes dentro de la comunidad, que conlleve al fortalecimiento del Estado Comunal.
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Articular con en el Consejo Local de Planificación Pública, para la elaboración de los planes, programas y proyectos que serán presentados ante la Alcaldía correspondiente según su competencia.
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Coordinar con la Oficina Nacional para la Regularización de la Tenencia de la Tierra y demás organismos competentes las acciones conducentes de la regularización de la tierra.
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Proponer las áreas de uso reservados no modificados en el ordenamiento natural básico a ser suscrito por el Concejo Comunal.
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Establecer proyectos de desconcentración de la población urbana, coordinados con los Movimientos de Pobladores y Pioneros de la Patria.
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Proponer al Concejo Comunal las normas de convivencias del uso de las áreas públicas a partir del reconocimiento de la idiosincrasia de cada comunidad.
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Todas aquellas que están establecidas en Decreto 1666 del Ejecutivo Nacional y la Ley Especial de Regularización y Ordenamiento Integral de la Tenencia de la Tierra en los Asentamientos Urbanos Populares.
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Realizar Banco de terrenos ociosos conjuntamente con los Consejos Comunales adyacentes.
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Instituciones Gubernamentales con competencia en el Comité de Tierras Urbanas
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Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal.
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Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y paz.
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Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento para la Gestión de Gobierno.
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Ministerio del Poder Popular para el Ambiente.
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Ministerio del Poder Popular para la Participación y Desarrollo Social.
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Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información.
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Ministerio del Poder Popular para Las Comunas y los Movimientos Sociales.
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Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat.
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Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela y El Tribunal Supremo de Justicia.
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Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral de la Asamblea Nacional.
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Ministerio del Poder Popular de economía y Finanza.
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Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.
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Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE).
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Alcaldías.